Las elecciones ordinarias de regidores de 1967 se llevaron a cabo el domingo 2 de abril de ese año en Huasco, departamento de Freirina, provincia de Atacama, Chile. Los candidatos elegidos asumieron desde el año 1967 hasta el año 1971.
Para la designación del alcalde, los cinco regidores elegidos en forma directa, debieron a su vez elegir a la máxima autoridad edilicia entre sus miembros.
Las elecciones ordinarias de regidores de 1971 se llevaron a cabo el domingo 4 de abril de ese año en Huasco, departamento de Freirina, provincia de Atacama, Chile. Los cinco regidores escogidos, debieron elegir al alcalde entre sus miembros.
Los candidatos elegidos asumían desde el año 1971 hasta, supuestamente, el año 1975, pero debieron dejar sus cargos tras el Golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973.
Esta elección fue realizada el domingo 28 de junio de 1992, a nivel nacional, y fueron las primeras elecciones de las administraciones municipales, luego del retorno a la democracia tras la dictadura militar. Los candidatos elegidos asumieron desde el 26 de septiembre del mismo año, hasta el 6 de diciembre de 1996.
En esta elección, los seis concejales fueron elegidos en forma directa mediante el sistema electoral proporcional con cifra repartidora o sistema D'Hondt, los cuales a su vez eligieron al alcalde entre sus miembros.
En esta elección, los seis concejales fueron elegidos en forma directa mediante el sistema electoral proporcional con cifra repartidora o sistema D'Hondt. En materia de elección de alcalde, de acuerdo a la ley modificada, debía ser elegido aquel candidato que haya obtenido la primera mayoría en la comuna y, que además, perteneciera a una lista o pacto que cuente, a lo menos, con el 30 % de los votos válidamente emitidos en la respectiva elección (en el caso de Huasco el pacto Concertación por la Democracia obtuvo 87,58 %). De no ser cumplido lo señalado, sería escogido el candidato a concejal que haya obtenido la primera mayoría comunal y cuya lista o pacto haya alcanzado la mayor votación en la comuna. En caso de no cumplirse ninguno de los supuestos anteriores, se elegiría al candidato que haya obtenido individualmente la mayor votación dentro de la lista o pacto mayoritario de la comuna.
En esta elección, los concejales fueron elegidos en forma directa mediante el sistema electoral proporcional con cifra repartidora o sistema D'Hondt. En materia de elección de alcalde, de acuerdo a la ley modificada, sería elegido aquel candidato que haya obtenido la primera mayoría en la comuna y, que además, perteneciera a una lista o pacto que cuente, a lo menos, con el 30 % de los votos válidamente emitidos en la respectiva elección (en el caso de Huasco el pacto Concertación de Partidos por la Democracia obtuvo 78,5 %). De no ser cumplido lo señalado, será escogido el candidato a concejal que haya obtenido la primera mayoría comunal y cuya lista o pacto haya alcanzado la mayor votación en la comuna. En caso de no cumplirse ninguno de los supuestos anteriores, se elegiría al candidato que haya obtenido individualmente la mayor votación dentro de la lista o pacto mayoritario de la comuna.
En esta elección cada votante marcó su preferencia en dos papeletas: una para elegir alcalde y otra para concejal. En el primer caso, resultó elegido el candidato con la mayor cantidad de votos; en el segundo caso, se utilizó el sistema electoral proporcional con cifra repartidora conocido como sistema D'Hondt.
En esta elección cada votante marcó su preferencia en dos papeletas: una para elegir alcalde y otra para concejal. En el primer caso, resultó elegido el candidato con la mayor cantidad de votos; en el segundo caso, se utilizó el sistema electoral proporcional con cifra repartidora conocido como sistema D'Hondt.
Las elecciones municipales de 2012 se realizaron, a nivel nacional, el 28 de octubre de 2012, con el fin de elegir a los responsables de la administración local. Los candidatos elegidos durarán cuatro años en su labor y pueden ser reelectos indefinidamente. Cada municipalidad está encabezada por un alcalde y un concejo municipal, formado por cierta cantidad de concejales dependiendo de la cantidad de inscritos en la comuna. Las comunas que tengan una cantidad menor de 70 mil inscritos eligen 6 concejales, las que posean entre 70 mil y 150 mil inscritos eligen 8 concejales, y las que tengan más de 150 mil inscritos elegirán 10 concejales.
En estas elecciones debutó la inscripción automática y el voto voluntario (anteriormente la inscripción en el registro electoral era voluntaria pero, una vez inscrito, el ciudadano tenía la obligación de emitir su voto, siendo castigada la abstención injustificada con una multa), además de los locales y las mesas de votación mixtas. También se eliminó el proceso de entintado del dedo pulgar derecho, que se utilizaba como señal de que un votante ya participó del proceso y así evitar que votara más de una vez.[22]
En estas elecciones cada votante marcó su preferencia en dos papeletas: una para elegir alcalde y otra para concejal. En el primer caso, resultó elegido el candidato con la mayor cantidad de votos; en el segundo caso, se utilizó el sistema electoral proporcional con cifra repartidora o sistema D'Hondt.
La comuna de Huasco, provincia de Huasco, región de Atacama, Chile; es administrada por la Ilustre municipalidad de Huasco, que posee 7574 inscritos,[23] por tanto debe contar con 6 concejales y un alcalde. En esta oportunidad fue reelegido alcalde, por segunda vez consecutiva, el candidato de centroizquierda Rodrigo Loyola Morenilla (PPD). En materia de concejales, es reelegido por tercera vez consecutiva el candidato de centroizquierda Juan Rolando Ávalos Tapia (PPD); por segunda vez el candidato de centroizquierda Rafael Ernesto Vega Peralta (PRSD); mientras que los restantes cuatro concejales debutan en el concejo municipal. En cuanto a los candidatos a concejal Daniel Desiderio Díaz Tirado (PCCh) y Adriana Clarisa Cárdenas Rodríguez (PRI), tercera y quinta mayoría respectivamente, no fueron elegidos ya que el sistema D'Hondt empleado, castiga a los pactos o subpactos poco votados. Esto último debido, principalmente, a la alta votación alcanzada por el subpacto PPD, desplazando de esta forma al subpacto PCCh y al pacto Regionalistas e Independientes, y sus mejores representantes ya nombrados.
Las elecciones municipales de Chile de 2016 se realizaron el 23 de octubre de 2016 para elegir a los responsables de la administración local, es decir, de las comunas. Chile está dividido en 346 comunas, cada una administrada por una municipalidad; las municipalidades están encabezadas por un alcalde y un concejo municipal, formado por cierta cantidad de concejales (dependiendo de la cantidad de electores en la comuna, pueden ser 6, 8 o 10). Los alcaldes y concejales duran cuatro años en su labor y pueden ser reelectos indefinidamente.
Estas elecciones fueron las segundas municipales bajo la Ley de inscripción automática y voto voluntario (anteriormente la inscripción en el registro electoral era voluntaria pero, una vez inscrito, el ciudadano tenía la obligación de emitir su voto, siendo castigada la abstención injustificada con una multa).
En estas elecciones cada votante marcó su preferencia en dos papeletas: una para elegir alcalde y otra para concejal. En el primer caso, resultó elegido el candidato con la mayor cantidad de votos; en el segundo caso, se utilizó el sistema electoral proporcional con cifra repartidora o sistema D'Hondt.
La comuna de Huasco, provincia de Huasco, región de Atacama, Chile; es administrada por la Ilustre municipalidad de Huasco, que posee 7865 inscritos,[26] por tanto debe contar con 6 concejales y un alcalde. En esta oportunidad fue reelegido alcalde, por tercera vez consecutiva, el candidato de centroizquierda Rodrigo Loyola Morenilla (PPD). En materia de concejales, es reelegido por tercera vez el candidato de centroizquierda Rafael Ernesto Vega Peralta (PRSD), por segunda vez las candidatas de centroizquierda Carmen Orolinda Hidalgo Narrias (PPD) y Adriana Clarisa Cárdenas Rodríguez (PRSD); mientras que los restantes tres concejales debutan en el concejo municipal.
↑En esta elección, varios partidos concurrieron juntos en listas que para efectos del Registro Electoral consideraban el nombre de sólo uno de los partidos integrantes.
↑Dirección del Registro Electoral. Elecciones de regidores de 1960
↑Dirección del Registro Electoral. Elecciones de regidores de 1963
↑Dirección del Registro Electoral, Tribunal calificador, Elecciones ordinaria de regidores de 1967
↑Dirección del Registro Electoral. Elecciones de regidores de 1971