El Fiscus Iudaicus (latín: "impuesto judío") o Fiscus Judaicus era una agencia de recaudación de impuestos instituida para recoger los impuestos aplicados a los judíos en el Imperio romano después de la destrucción de Jerusalén y su templo en el año 70 d. C. Los ingresos fueron dirigidos al Templo de Júpiter Optimus Maximus en Roma.

Una moneda emitida por Nerva que dice: fisci Judaici calumnia sublata, "abolición de la persecución maliciosa en relación con el impuesto judío"[1]

Fuentes contemporáneas

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El conocimiento moderno del Fiscus Judaicus se encuentra en cuatro fuentes principales:[2]

Imposición

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El impuesto fue inicialmente impuesta por el emperador romano Vespasiano como una de las medidas en contra de los Judíos como resultado de la primera guerra judeo-romana de los años 66–73 d. C.. Vespasiano impuso el impuesto a raíz de la revuelta judía.[3]​ Se impuso el impuesto sobre todos los Judíos en todo el imperio, no solo en aquellos que tomaron parte en la revuelta contra Roma. Se impuso el impuesto después de la destrucción del Segundo Templo en el año 70 en lugar de la tasa o Diezmo a pagar por Judíos hacia el mantenimiento del templo. El monto recaudado fue de dos denarii, equivalente a la mitad de un siclo que Judíos observantes habían pagado previamente por el mantenimiento del Templo de Jerusalén.[4]​ El impuesto era dirigido, por el contrario, hacia el Templo de Júpiter Capitolino, el principal centro de la antigua religión romana. El fiscus Iudaicus fue una humillación a los Judíos.[5]​ En Roma, un procurador especial, conocido como procurator ad capitularia Iudaeorum era responsable por la recaudación del impuesto.[6]​ Solo los que habían abandonado el judaísmo estaban exentos de pagarla.

Mientras que el impuesto pagado para el Templo de Jerusalén era pagado solo por hombres adultos entre las edades de 20 y 50, el fiscus Iudaicus se impuso a todos los judíos, incluyendo mujeres, niños y ancianos[7]​ - e incluso esclavos Judíos.[8]​ En Egipto, la prueba documental, en forma de recibos, confirma el pago del impuesto por las mujeres y los niños. La persona más antigua conocida de estos recibos que tenía que pagar al fiscus Iudaicus era una mujer de 61 años de edad, lo que llevó a Sherman LeRoy Wallace a conjeturar que el impuesto se aplicaba solo hasta la edad de 62 años, lo que era la regular contribución urbana romana pagada por personas de todo el Imperio.[9]

Se continuó con el impuesto, incluso después de la finalización de la reconstrucción del Templo Capitolino para su mantenimiento.

Domiciano

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Domiciano, quien gobernó entre los años 81 y 96, amplió el fiscus Iudaicus para incluir no solo a judíos nacidos y convertidos al judaísmo, sino también en aquellos que ocultaban el hecho de que eran judíos u observaban costumbres judías. Suetonio relata que, cuando era joven, un anciano de 90 fue examinado para ver si estaba circuncidado, lo que demuestra que durante este periodo el impuesto se exigía incluso a los mayores de 62 años.[6]​ Louis Feldman argumenta que el incremento de la dureza fue causado por el éxito del proselitismo judío, y posiblemente cristiano.[10]

Domiciano aplicó el impuesto, incluso a los que simplemente "vivían como Judíos":

XII: "Además de otros impuestos, que en los Judíos [un impuesto de dos dracmas por cabeza, impuesta por Vespasiano; ver Josefo, Bell. Jud. 7.218] eran exigidos con el máximo rigor, y los que fueron procesados quienes, sin reconocer públicamente esa fe, aún vivían como Judíos, así como aquellos que ocultaban su origen y no pagaban el tributo demandado sobre su gente [Estos pueden haber sido cristianos, a quienes los romanos comúnmente asumían que eran Judíos]. Yo recuerdo estar presente en mi juventud cuando la persona de un hombre de noventa años fue examinado ante el fiscal y el tribunal muy lleno de gente, para ver si estaba circuncidado.", c 90.[11]

La sentencia de Domiciano abrió la puerta a la posibilidad de chantaje en Roma y en toda Italia. Cargos de seguir el judaísmo fueron fáciles de hacer, pero difíciles de refutar, sobre todo porque las prácticas de algunas sectas filosóficas se parecían a algunas costumbres judías. Como resultado, mucha gente escogió establecerse con los acusadores fuera de los tribunales en vez de correr el riesgo de la incertidumbre de las audiencias judiciales, animando así de manera efectiva a los chantajistas.[12]Tito Flavio Clemente fue condenado a muerte por "vivir una vida judía" o "inclinarse en las costumbres judías" en el año 95, que bien puede haber estado relacionado con la administración del fiscus Judaicus bajo Domiciano.[13]

Cisma entre el judaísmo y el cristianismo

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El fiscus Iudaicus fue originalmente impuesto sobre los Judíos. En el momento en que ni los romanos ni, probablemente, los primeros cristianos consideraban al Cristianismo como una religión separada del Judaísmo. En todo caso, se habrían considerado a sí mismos como una secta dentro del Judaísmo, que los historiadores se refieren como cristianismo judío. Sin embargo, si esa era la intención o no, no tomó mucho tiempo para que los Cristianos pidieran al Emperador que reconociera a los Cristianos por el propósito del pago del fiscus Iudaicus.[cita requerida] Como el impuesto solo aplicaba a los Judíos practicantes, si ellos podrían ser reconocidos como una religión separada, escaparían al impuesto.

Después del asesinato de Domiciano en 96, Nerva relajó las reglas de recaudación, limitando el impuesto a aquellos que practican el judaísmo abiertamente.[14]​ Con esta medida, los cristianos, y tal vez los Judíos Cristianos, se escaparon del impuesto, pero no fueron reconocidos oficialmente como una religión legal hasta el Edicto de Milán. Las monedas de Nerva llevan la leyenda fisci Iudaici calumnia sublata[15]​ "abolición de la persecución maliciosa en relación con el impuesto judío,"[16]​ en referencia a su reforma de las duras políticas de Domiciano[17]

Abolición

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No está claro cuándo exactamente el Fiscus Iudaicus fue abolido. La prueba documental confirma la recaudación del impuesto en la mitad del siglo segundo, y las fuentes literarias indican que el impuesto aún existía a principios del siglo tercero. No se sabe cuándo el impuesto fue abolido formalmente. Algunos historiadores atribuyen al emperador Juliano el Apóstata con su abolición en aproximadamente 361 o 362.[6][18]

Renacimiento medieval

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El impuesto fue restablecido en la Edad Media en 1342 bajo el nombre de Opferpfennig por el Sacro Emperador Romano. El impuesto Opferpfennig (originalmente Guldenpfennig) fue introducido en 1342 por el emperador Luis IV de Baviera, quien ordenó a todos los Judíos por encima de la edad de 12 años, y estar en posesión de 20 gulden, pagar 1 gulden anualmente para protección. La práctica se justificó con el argumento de que el emperador, como sucesor legal de los emperadores romanos, era el destinatario legítimo del impuesto del Templo, lo que los Judíos pagaron a los Romanos después de la destrucción del Segundo Templo. El Opferpfennig fue recaudado el día de Navidad.

El emperador Carlos IV ordenó posteriormente el ingreso del impuesto Opferpfennig para ser entregado al arzobispo de Triers. Este impuesto fue en algunos lugares reemplazado por un impuesto comunitario en general.[19]

Referencias

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  1. Según la traducción de Molly Whittaker, Jews and Christians: Graeco-Roman Views (Cambridge University Press, 1984), p. 105.
  2. El Fiscus Judaicus y la Separación de los Caminos, comentado por Shaye J.D. Cohen, 10/10/2012 (inglés)
  3. Josefo BJ 7. 218; Dión Casio 66.7.2.
  4. Éxodo 30:13.
  5. Enciclopedia Judía: Fiscus Judaicus: "Esta era una afrenta al sentimiento religioso judío."
  6. a b c "Fiscus Judaicus", Enciclopedia Judaica
  7. Schäfer (1998), pp. 113–114
  8. Heemstra, p. 14
  9. Heemstra, p. 14 (nota n. 30)
  10. Feldman (1993), p. 100
  11. Enciclopedia Judía: Fiscus Iudaicus, Domiciano de Suetonio
  12. Rodin (1915), p. 333
  13. Dión Casio 67.14.1–2, 68.1.2; Historia del Pueblo Judío, H.H. Ben-Sasson editor, página 322: "...Domiciano ordenó la ejecución de Flavio Clemente ... por tendencias Judaizantes..."
  14. Edwards (1996), p. 69
  15. "Fiscus Judaicus", Enciclopedia Judaica; Rodin (1915), p. 334
  16. Traducido por Molly Whittaker, Judíos y Cristianos: Visión Greco-Romana, (Cambridge University Press, 1984), p. 105.
  17. Martin Goodman, "Nerva, el Fiscus Judaicus e Identidad Judía," Diario de Estudios Romanos 79 (1989) 40–44.
  18. [1]
  19. OPFERPFENNIG. Enciclopedia Judaica. 2008.

Bibliografía

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Enlaces externos

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