Concejo (Álava)

subdivisión política inferior al municipio propia de la provincia de Álava, País Vasco, España

Los concejos de Álava (Arabako kontzejuak, en euskera) son entidades de ámbito territorial inferior al municipio que cuentan con una personalidad jurídica y capacidad de obrar propia, además de tener plena autonomía para gestionar sus intereses y los de las colectividades que les sirven de base. Se gobiernan en base a una Junta Administrativa, cuyos miembros son elegidos cada cuatro años entre las y los vecinos del pueblo.

Historia

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No hay una fecha aproximada conocida para la creación de estas entidades, pero sí que hay documentos en los archivos concejiles que desde el siglo XIII hacen referencia a los Usos del Buen Gobierno. Ya desde mucho antes se conoce que los pueblos alaveses se han querido regir por sus propios usos y costumbres, que sin variar en su esencia, se han ido adaptando a los tiempos.[1][2]

Este sistema se mantuvo hasta que en 1812 la Constitución de Cádiz obligó a crear ayuntamientos en todos los pueblos que de por sí o agrupados tuviesen más de mil habitantes. Esta nueva regulación trató de disminuir las potestades de los concejos que subsistieron, llegando a denominarlas Entidades Locales Menores, no por su escaso número de habitantes, sino por considerarlas con capacidad de actuación limitada y bajo la administración de su Ayuntamiento.[3]

Sin embargo, en Álava, aunque se constituyeron los Ayuntamientos, la administración y gobierno de los pueblos siguió ejerciéndose a través de los concejos, que siguieron manteniéndose según sus propios usos y costumbres además de conservar su personalidad e independencia de los órganos de gobierno municipales. Así ya desde 1924, con la promulgación de R. D. de 21 de octubre, y en las posteriores legislaciones sobre la Administración Local se dispone que las Juntas Vecinales (Concejos) de la provincia de Álava "conservarán sus atribuciones peculiares y se organizarán según sus costumbres tradicionales".[3][4]

Durante la dictadura, el desplazamiento de un alto porcentaje de la población a las ciudades hizo que la mitad de la población rural alavesa pasase a ser urbana. En consecuencia, y debido a la progresiva pérdida de importancia de la agricultura y ganadería, los concejos perdieron gran parte de su ser, dejando a las entidades muy tocadas, que en algunos casos terminaron por desaparecer.

Ya en democracia, gracias a la población rural, que vio que los concejos eran necesarios para la supervivencia de sus pueblos, se consiguió que se aprobasen, primero, la Norma Foral de 30 de julio de 1984 de Elección a Regidores y Vocales de los Concejos del Territorio Histórico de Álava,[5]​ y segundo, la Norma Foral de Concejos del 20 de marzo de 1995,[4]​ que además de reconocer la independencia y personalidad de los Concejos plasmó, reguló y unificó en lo posible la organización, el funcionamiento y la administración de los mismos.

En 1995 se creó la Asociación de Concejos de Vitoria y en 1996 la Asociación de Concejos de Álava,[6]​ con el fin de la defensa, promoción, representación y desarrollo de los mismos.

Tipología

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En 2024 existían 334 concejos en Álava. 2 de ellos, Guinea y Arriaga, en proceso de disolución.[7]​ Existen dos tipos de concejo:[4]

  • El Concejo abierto, cuando el Gobierno se realiza por la asamblea vecinal y la Administración por una Junta Administrativa elegida por las personas vecinas. La asamblea vecinal, es el órgano soberano de decisión y control, siendo la Junta Administrativa (Presidencia y vocalías) el órgano de ejecución de los mandatos de la asamblea vecinal. Esta característica da el carácter de democracia directa a los concejos abiertos.
  • El Concejo Cerrado, cuando el Gobierno y la Administración se realizan por una Junta Administrativa, sin que haya asamblea vecinal.

Las actividades de cada concejo son ejercidas por sus órganos de gobierno (art. 10 de la Norma Foral 11/1995):

  • La Presidencia de la Junta Administrativa es un órgano ejecutivo unipersonal, que ostenta la representación legal del Concejo, es sustituida por la vocalía primera en caso de ausencia o enfermedad (art. 11) de la Norma Foral 11/1995[4]​..
  • La Junta Administrativa (en euskera, Administrazio Batzarra) es el órgano de administración en los concejos abiertos, y de administración y gobierno en los concejos cerrados. De su eficacia y buen hacer depende en la práctica el que cada pueblo cuente con un buen nivel de servicios e infraestructuras. La Junta está formada por la Presidencia y las vocalías.

El Fiel de Fechos desempeña un papel singular en la administración del Concejo tiene un papel singular que es designado de acuerdo con lo establecido en las Ordenanzas, y en su defecto en la Norma Foral 11/1995; ejerce la función de secretario tanto de la Asamblea vecinal como de la Junta Administrativa (art. 11.3); su función es incompatible con la de miembro de la Junta Administrativa, y en los Concejos Abiertos, con el de Regidor-Presidente (art. 17). A él le corresponde: la llavanza del Libro de Actas (art. 30), es además el responsable de los documentos y expedientes del Concejo (art. 24)

Entre las competencias de los concejos alaveses destacan la construcción y conservación de sus caminos, calles, jardines o bienes. La ejecución de otras obras y prestación de servicios, la administración y conservación de su patrimonio (incluido el forestal) y todo aquello que redunde en beneficio de su colectividad, dentro de su ámbito de competencias.[4]

Además de las competencias otorgadas por la Norma Foral 11/1995, de 20 marzo, de Concejos del Territorio Histórico de Álava, los concejos pueden hacerse cargo de otras que entidades superiores (ayuntamiento, cuadrilla o diputación) le deleguen. Asimismo, los concejos pueden delegar alguna de sus competencias en dichas entidades para que se hagan cargo de ellas.[4]

Concejos

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En la Norma Foral aprobada en 1995 se contabilizaban 324 concejos, y en 2018, eran 334. Hay publicaciones en las que se habla de 334 concejos, pero el concejo de Arriaga se contabiliza tan solo de manera testimonial: mantiene territorio o término concejil, pero no tiene población ni órgano de gobierno, no se celebran elecciones, ni funciona en la práctica como concejo.[8]​ 61 concejos se localizan en el municipio de Vitoria.[9]

En la conversación habitual, para referirse al concejo, se utiliza indistintamente el término junta administrativa o concejo.

Elecciones a concejos alaveses

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Las personas que componen la Junta Administrativa de cada concejo de Álava son elegidas mediante sufragio universal, libre y secreto, cada cuatro años, en elecciones convocadas por la Diputación Foral de Álava.[5]

Se eligen a una persona Regidora-Presidenta y a dos personas vocales como mínimo, aumentándose este último número en uno por cada 200 habitantes si el concejo supera los 400 habitantes, con un máximo del número de concejales del ayuntamiento al que pertenece el concejo. El cargo se efectúa de forma gratuita y tiene una duración de cuatro años, hasta la siguiente convocatoria de elecciones.[5]

En la papeleta figuran los nombres de las personas candidatas. Las personas electoras pueden marcar desde un nombre, hasta tantos como puestos a cubrir menos uno. Si no se presentasen candidaturas, la papeleta estaría en blanco y se podrían escribir desde un nombre, hasta tantos como puestos a cubrir menos uno. Si en el plazo establecido no se presentasen candidaturas, todos las vecinas y vecinos con capacidad de elegir serán elegibles si es su nombre escrito en la papeleta.[5]

La Junta Administrativa se compondrá de las personas candidatas con más votos, siendo elegida para la presidencia, si lo aceptara, la persona candidata más votada.[5]

  • Aunque la Norma Foral de 30 de julio de 1984[5]​ no establece la fecha en que deben celebrarse las elecciones, vienen celebrándose mediado el mandato de los Ayuntamientos; así mientras que las últimas elecciones municipales se produjeron en mayo de 2019, las de la Juntas Administrativas tuvieron lugar el 26 de noviembre de 2017.
  • Elecciones a las Juntas Administrativas de Álava de 2013. Domingo, 1 de diciembre de 2013.

Véase también

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Referencias

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  1. Abella y García de Eulate, Alfonso María (1985). Ordenanzas de buen gobierno de los Concejos de Alava. Diputación Foral de Alava, Servicio de Publicaciones. ISBN 8450523915. OCLC 17981271. 
  2. Ortiz de Zárate, Ramón ([2004]). Compendio foral de la provincia de Álava. Maxtor. ISBN 8497611284. OCLC 433415813. 
  3. a b «Los Concejos - ACOA-AKE Asociación de Concejos de Álava». www.acoa-ake.org. Consultado el 5 de febrero de 2024. 
  4. a b c d e f «Norma Foral 11/1995, de 20 de marzo, de concejos del Territorio Histórico de Álava». Archivado desde el original el 18 de septiembre de 2020. Consultado el 21 de mayo de 2017. 
  5. a b c d e f «Norma Foral, de 30 de julio de 1984, de elección de regidores y vocales de los concejos del Territorio Histórico de Álava». Archivado desde el original el 1 de diciembre de 2017. Consultado el 21 de mayo de 2017. 
  6. «Asociación de Concejos de Álava - Arabako Kontzeju Elkartea». www.acoa-ake.org. Archivado desde el original el 28 de diciembre de 2017. Consultado el 27 de diciembre de 2017. 
  7. Carazo, Ander (10 de julio de 2024). «Otro concejo de Álava inicia los trámites para su disolución». El Correo. Consultado el 11 de julio de 2024. 
  8. Ramilo Araujo, Mentxu; Martínez Hernández, Eva; Ocio Sáenz de Buruaga, Miriam (2017). Participación política de las mujeresen los concejos alaveses. Una aproximación a sus presencias, motivaciones y estrategias.. Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer. Consultado el 10 de septiembre de 2023. 
  9. «Sitio web del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz - Entidades locales menores de Vitoria-Gasteiz». www.vitoria-gasteiz.org. Consultado el 10 de septiembre de 2023. 

Enlaces externos

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